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BAJA OFICIAL
En Ciclos FormativosSe podrá renunciar a la matrícula dos meses antes de la celebración de la Evaluación Ordinaria del curso correspondiente, lo que suele coincidir con las siguientes fechas: Primer curso: hasta el 31 de Marzo. Segundo curso: hasta el 31 de Enero Para renunciar a la matrícula es necesario cumplimentar un impreso de solicitud que puedes recoger y entregar en Secretaría. También puedes bajar el impreso de solicitud de baja, pulsando aquí. Este trámite está recogido en el artículo 7 de la Orden de 29 de septiembre de 2010, por la que se regula la evaluación, certificación, acreditación y titulación académica del alumnado que cursa enseñanzas de formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo en la Comunidad Autónoma de Andalucía. En Bachillerato.La anulación de matrícula está recogida en el artículo 38 de la ORDEN de 24 de febrero de 2007, por la que se desarrolla el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados, a excepción de los universitarios. (BOJA 26/2/07)
Artículo 38. Anulación de matrícula en bachillerato.
1. La dirección de los centros docentes, a petición razonada del alumno o alumna o, si es menor de edad, de su padre, madre o tutor legal, antes de finalizar el mes de abril de cada curso y cuando las causas alegadas imposibiliten la asistencia del alumno o alumna a clase, podrá dejar sin efecto su matrícula en bachillerato. En este caso, la matrícula no será computada a los efectos del número máximo de años de permanencia en esta enseñanza.
EN LA EDUCACIÓN DE ADULTOS (EDUCACIÓN SECUNDARIA Y BACHILLERATO DE ADULTOS)
Orden de 25 de mayo de 2012, por la que se desarrolla el procedimiento de admisión y matriculación del alumnado en los centros docentes públicos para cursar las enseñanzas de Educación Permanente de Personas Adultas en las modalidades presencial y semipresencial.
Sección 4.ª Anulación, renuncia o baja y procedimiento para los traslados de matrícula
Artículo 29. Anulación, renuncia o baja.
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